Conoce la normativa emitida por el Ministerio para la prescripción de servicios y tecnologías en salud y permítenos asesorarte con nuestro equipo de profesionales altamente calificados en la regularización de los procesos de tu institución

Nuestros médicos e ingenieros han asesorado más de 80 instituciones. Esto nos ha permitido obtener un gran aprendizaje y al mismo tiempo  aportar a la simplificación, agilización y automatización de sus procesos, influyendo de manera categórica en su sostenibilidad. 

La relación que desarrollamos con nuestros clientes durante la prestación de nuestros servicios, nos ha permitido construir lazos de confianza, lo que se revierte en una mayor posibilidad de conocerlos para asesorar e innovar  en aquellos temas que son estratégicos en su gestión.

Establece los requisitos para el acceso, reporte de prescripción, suministro y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC del Régimen Subsidiado y servicios complementarios. El procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios, debidamente prescritos y aprobados por la junta de profesionales según la normatividad vigente, es responsabilidad de los agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud

La prescripción de las tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o de servicios complementarios, será realizada por el profesional de la salud tratante, el cual debe hacer parte de la red definida por las Entidades Prestadoras de Servicios en Salud (EPS), a través de la herramienta tecnológica que para tal efecto disponga el Ministerio.

Resolución 2438 de 2018

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Resolución 1885 de 2018

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Establece el procedimiento para el acceso, reporte de prescripción, suministro y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y de servicios complementarios. 

Fija los requisitos, los términos y las condiciones para la presentación de recobros/cobros ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES, establece el procedimiento de verificación, control y pago de las solicitudes de recobro/cobro, cuando a ello hubiere lugar, y dicta disposiciones relacionadas con las correspondientes acciones de control y seguimiento.

Por la cual se modifica la Resolución 2438 de 2018, en relación con el plazo para la activación de las entidades territoriales en el aplicativo de prescripción Mipres del régimen subsidiado.
Que conforme con lo dispuesto por el artículo 46 de la Resolución 2438 de 2018, a través de la cual se establecieron los requisitos y el procedimiento para el acceso, reporte de
prescripción y suministro de tecnologías no financiadas con recursos de la UPC del régimen subsidiado y servicios complementarios, las entidades territoriales, responsables de la garantía de suministro de tales tecnologías y servicios, deben encontrarse activadas en el aplicativo de prescripción, a más tardar el 1 de enero de 2019.

Resolución 5871 de 2018

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¿Ya conoces nuestra aplicación web mipresenlínea para gestionar el proceso No PBS UPC en tu institución?

¡Clic aquí! y cumple con la normativa para la prescripción y reporte de suministros de servicios y tecnologías en salud, emitida por el Ministerio de Salud

David Vélez

Soy David, Gerente General de Salud Electrónica, mi pasión es ofrecer productos innovadores e integrales que aporten a los procesos en salud para mejorar la eficiencia de las instituciones.

Formación académica:

Cuento con la siguiente experiencia laboral:

  • Director médico en instituciones de alta complejidad.
  • Coordinador de servicios hospitalarios y ambulatorios.
  • Docente universitario.

En mi tiempo libre me gusta cocinar, leer sobre tecnología y actualidad.

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